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lunes, 18 de diciembre de 2006

CÓMO ENFRENTAR EL SOBREENDEUDAMIENTO

Amigos y amigas:

Luego del Seminario sobre endeudamiento efectuado en la Universidad Alberto Hurtado, publicaríamos un artículo con interesantes conclusiones arribadas en la ocasión.

Por esas cosas de la vida, entre revisar el texto una y otra vez, y otras eventualidades que nos distrajeron, se nos fue quedando rezagado. Y como el tema no acaba y tiene para rato, me pareció pertinente difundirlo públicamente.

Previo a ello, deseo consignar y agradecer los valiosos aportes de los periodistas Claudia López Mazuela, de la Red Puentes quien grabó y transcribió la ponencia del Director del Servicio Nacional del Consumidor, José Roa, citada en la nota; y José Luis Hernández Moncada, de ODECU Chile, por su colaboración en la redacción del texto final.

Espero que la nota sea de vuestro interés y utilidad.

CÓMO ENFRENTAR EL SOBREENDEUDAMIENTO
Importantes coincidencias entre ODECU y SERNAC para enfrentar la insolvencia de los chilenos.

Las distintas experiencias institucionales del Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) y Consumidores de Chile (ODECU) coincidieron en un Seminario de Sobreendeudamiento, organizado por la Red Puentes Chile, Consumers International y la Escuela de Trabajo Social de la Universidad Alberto Hurtado, realizado a principios de julio.

Así se deduce del análisis de los únicos expositores que se refirieron a propuestas de solución para la evidente insolvencia en que se encuentran amplios sectores de la población nacional.

Para ODECU resultan de alto valor las medidas que expuso el Director del SERNAC, José Roa Ramírez, quien junto al Asesor Técnico del Departamento Legal de ODECU, Alejandro Pujá, se refirieron a las posibles soluciones que en el corto y mediano plazo se pueden implementar en la materia.

Al respecto, José Roa, planteó algunas ideas de carácter preventivo como “que las empresas cuenten con toda la información respecto de la deuda de los consumidores para poder evaluar su riesgo y en consecuencia otorgar un crédito o no; información pre-contractual y publicidad que entregue información a los consumidores para que se sepan de los compromisos que están asumiendo; información respecto del uso de la línea de crédito (que puede ser un crédito escondido), indicándole al consumidor cuando la está usando, los intereses correspondientes y costos asociados de dicho uso; derecho de desistimiento a retracto respecto del crédito… en otros países existe para los créditos la posibilidad de enfriamiento de la decisión del consumidor”.

En este sentido ODECU piensa que el retracto sería una medida muy útil. “De hecho, cuando se discutió la última reforma a la ley del consumidor se criticó la poca cobertura que se le otorgaría al ejercicio de este derecho. Sin embargo, primó en ese momento la necesidad de hacer un frente común con el Ejecutivo y que se introdujeran, aunque fuese limitadamente, nuevos derechos como el de retracto y la posibilidad de efectuar acciones colectivas”, dice Alejandro Pujá, del Departamento Legal de ODECU.

Otro punto, que destacó Roa es la obligatoriedad de desembolso inicial al momento de hacer las compras de bienes muebles a crédito, que la compra no sea a crédito en su 100% sino que el consumidor deba hacer un pago mínimo de manera de visibilizar parte de la compra y hacerse cargo; también, la creación de seguros en beneficio de aquellas situaciones que causan sobreendeudamiento pasivo y que sean tomados por el consumidor en forma voluntaria.

Respecto de limitar el crédito a las personas, Alejandro Pujá coincidió con el Director del SERNAC en el sentido de responsabilizar también a las empresas por su actuar. “No es posible que se le otorgue crédito a estudiantes o a dueñas de casa que no tienen ingresos propios. Si ellos no pagan, el sostenedor principal de esa familia deberá responder igual. Es un tema controvertido que debe ser analizado detenidamente.”

José Roa, también planteó medidas de autocontrol como limitar a la capacidad del crédito de los consumidores, vale decir, “la posibilidad que los propios consumidores puedan autolimitar su capacidad de crédito, lo que tiene por correlato que las empresas no modifiquen unilateralmente las líneas de crédito”.

“Existen medidas correctivas como que la renegociación de la deuda sea por parte del consumidor, con acuerdo de la empresa o a través de un mandato judicial; reorganización judicial por parte de la deuda, en otros países los propios tribunales se encargan de reorganizar la deuda; la posibilidad como existe en Chile de un reembolso anticipado de manera de poder consolidar la deuda en un sólo gran crédito disminuyendo el costo financiero o bien la realización del patrimonio de manera de hacerse cargo de las deudas”

Desde ODECU se plantea “la creación de Tribunales Arbitrales donde deudores y acreedores puedan ponerse de acuerdo considerando dos aspectos fundamentales: que las deudas deben pagarse, en la cantidad justa y que el cobro de una deuda no debe ser depredatorio de los bienes más sentidos de las familias, su hogar y sus enseres básicos”, puntualiza Alejandro Pujá. Y agrega, "con varios parlamentarios hemos sondeado el apoyo a una ley de insolvencia de las familias, como la Ley de Quiebras chilena o como otras experiencias internacionales, pero aplicable a las personas naturales. La acogida inicial ha sido buena y no pasará del próximo año que presentaremos un anteproyecto para su discusión. Será una buena forma de entrar en tierra derecha sobre el debate de cómo mejor enfrentar el sobreendeudamineto de la sociedad".

“También se puede aplicar una intervención moderada al ingreso y el patrimonio del consumidor, a fin de poder preservar sus bienes mínimos, rehacer su patrimonio y establecer un sistema de pago de su deuda”, confirma el Director del SERNAC.

1 comentario:

  1. Señores, junto con saludar me dirijo a ustedes para indicar la urgencia de legislar sobre esta materia.

    El sobre endeudaminto, es y sera una situacion que esl estado debera mantener en obserbacion ya que esta puede influir negativamente e lo economico.

    La familia es la otra razon de legislar y defender los bienes de esta.

    Soy un Padre de familia que hoy esta pasando el penoso camino de la insolvencia, pero eso no significa que no tenga la voluntad de pagar mis compromisos, pero con la actual legislacion no tengo respaldo para negociar con mis acreedores sin antes pasar por la demanda y el enbargo que es una situacion humillante.

    Estamos ya a 2011 y la mocion presentada aun no sale de su primer tramite.

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