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domingo, 30 de agosto de 2015

Inflación y deflación, ¿cómo afectan su dinero?

La inflación y la deflación son fenómenos económicos que ocurren con mucha frecuencia y tienen un impacto en la macro y la micro economía. Es decir, afectan a los grandes mercados y a los países y también a los hogares y las personas. Conozca en este artículo que es la inflación y la deflación y cómo afectan su dinero.

Hay muchas definiciones de la inflación. Si tomamos los elementos comunes de distintas definiciones podemos decir que la inflación es un fenómeno económico caracterizado por el aumento sostenido de los precios de bienes y servicios expresado en un indicador porcentual conocido como Indice de Precios al Consumidor, IPC.

El Instituto Nacional de Estadísticas realiza encuestas permanentes para determinar el valor de una canasta de productos presuntamente representativa de los consumos habituales de las familias. La variación de precios al alza es un IPC positivo que señala el porcentaje en que han aumentado los precios. Este aumento sostenido de precios provoca un deterioro en el poder adquisitivo de los ingresos, es decir de los sueldos, salarios y pensiones de las personas.

El aumento de precios de bienes y servicios ocurre por diversas causas, pero lo habitual es que la demanda de productos sea mayor que la oferta, es decir, la disponibilidad de bienes y servicios en el mercado. La mayor demanda hace subir los precios y eso deteriora el poder adquisitivo de la moneda pues los consumidores necesitan cada vez más dinero para comprar lo mismo. Una forma de ajustar este proceso es aumentando los ingresos en porcentajes similares al aumento de la inflación.



Sin embargo, no siempre ocurre el fenómeno denominado inflación. Puede ocurrir que los consumidores no estén demandando productos en el mercado y la oferta de los mismos sea abundante. En este caso, los precios tienden a mantenerse o a reducirse pues los proveedores, es decir, las empresas o comercios, necesitan vender. Si hay una baja sostenida del precio de muchos productos o de algunos muy importantes en el consumo de las personas, entonces el índice de precios al consumidor será negativo y tendremos el fenómeno denominado deflación.

Se suele pensar que la inflación es mala pues deteriora la capacidad adquisitiva del dinero, afectando a los consumidores, y que la deflación es positiva pues revaloriza la moneda. Sin embargo, ninguno de estos fenómenos es bueno o malo por sí mismo, pero suelen ser negativos cuando las variaciones de precios son bruscas, muy pronunciadas y durante periodos largos de tiempo. Lo anterior genera inestabilidad en la economía general con diversos efectos que analizaremos en otros artículos sobre economía y consumo.

Revisa el video del Banco Central Europeo adaptado por el Banco Central de Chile para entender más de las variaciones de precios que se manifiestan como inflación o deflación.


jueves, 20 de agosto de 2015

Confesión de deuda

La confesión de deuda es una gestión preparatoria que, si resulta exitosa, permitirá a un acreedor disponer de un título ejecutivo para efectuar una cobranza judicial. Los deudores deben conocer en qué consiste y actuar de acuerdo a lo que más les convenga.

La ley reconoce a ciertos documentos la calidad de títulos ejecutivos. Los títulos ejecutivos permiten realizar una cobranza judicial a través del denominado juicio ejecutivo. Existen varios títulos ejecutivos pero algunos son más conocidos que otros. Los títulos de más frecuente uso son los pagarés, las letras, los cheques, la cuarta copia de las facturas y las sentencias judiciales.

Sin embargo, por distintas razones, en algunas ocasiones los acreedores no disponen de los títulos en que constan las deudas de sus clientes y, por tanto, no pueden iniciar un juicio ejecutivo. En tales circunstancias, la ley permite la realización de una gestión preparatoria denominada confesión de deuda.

Esta gestión preparatoria consiste en solicitar al tribunal que cite al presunto deudor para que comparezca a reconocer la existencia de una deuda. Así, el abogado del acreedor presenta el escrito y luego que el juez acoge a tramitación la gestión, se debe notificar al deudor el que debe presentarse al quinto día después de ser notificado legalmente a través de un receptor judicial.

El citado debe comparecer y responder con un sí o un no a la pregunta que se le formulará en relación a si debe la suma de dinero que el acreedor indica. La ley acepta como respuestas sólo un sí o un no. Cualquier otra respuesta o la inasistencia del citado lo dará por confeso.

Así, si el citado confiesa deber lo que señala el acreedor o da respuestas evasivas o, sencillamente, no comparece, el tribunal sentenciará declarando la existencia de la deuda. Y será precisamente esa sentencia la que servirá de título ejecutivo para que en el mismo u otro tribunal, el acreedor inicie un juicio ejecutivo para cobrar lo adeudado.

Si el presunto deudor dice que no debe lo señalado en el escrito del acreedor, el juez declarará la inexistencia legal de la deuda y el acreedor no tendrá una sentencia que le permita cobrarla judicialmente.

Por tanto, si usted recibe o es notificado de un escrito de aspecto judicial caratulado como gestión preparatoria de confesión de deuda, debe consultar de inmediato en nuestro servicio de consultas o un abogado de confianza para asegurarse que sea una citación legítima y reciba una adecuada orientación para actuar de acuerdo a sus intereses.

Recuerde que este es un texto meramente informativo y no constituye una asesoría jurídica personalizada.