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lunes, 2 de diciembre de 2013

Tasa Máxima Convencional

Señor director:

Es clásica la sobrerreacción de algunos mercados cuando se anuncian regulaciones que pudiesen afectar el negocio.

Fue el caso de la banca y el retail, al unísono, ante la idea de reducir por ley la tasa máxima de interés.

Se argumentó que se restringiría el acceso al crédito, dado el eventual mayor riesgo de las operaciones, entre otros temores.

No obstante, el mercado financiero ya incorporó la baja -escalonada- y, al contrario de los vaticinios, el nuevo costo del dinero plástico se perfila como un elemento dinamizador de la economía. Por su parte, el debate parlamentario sinceró la incongruencia de otorgar créditos caros a sectores que todas las estadísticas muestran como buenos pagadores, y que por la vía del descuento por planilla reducen drásticamente el riesgo.

La convicción del Ejecutivo y la casi extinguida lucidez parlamentaria nos han prodigado una legislación que debiera ser el primer paso a un mercado más equitativo y eficiente en la asignación de recursos, a costos que permitan retornos veloces y que potencien los intercambios, fomentando el crecimiento.

Contra lo que los agoreros calificaban como un error, el mercado financiero, con rebaja de interés incluida, se muestra sano e incólume ante la nueva condición.

Alejandro Pujá Campos
Coordinador de ODECU


Publicación original: La Tercera

lunes, 21 de octubre de 2013

Ley de TV Digital

Señor director:

Cuando luego de cinco años al fin se aprueba la Ley de Televisión Digital Terrestre (TDT), lo que más se escuchan son críticas al nuevo cuerpo legal. Si bien es cierto que buena parte de las críticas son atendibles desconocen lo trascendental de esta normativa, que es su sola existencia.

La TDT abre posibilidades esperadas por distintos actores sociales. Es cierto que los incentivos para mejorar la calidad de los contenidos no son suficientes, pero el mayor “grosor” de la banda permitirá la oferta de más canales, lo que eventualmente podría ser el inicio de una mejor calidad. Asimismo, es evidente que la calidad de la señal, reflejada en la imagen (que se podrá ver también en dispositivos celulares) es un atractivo notable.

Es para valorar la obligación que se impone a los canales de libre recepción para que aseguren una cobertura nacional de su señal del 80%, en un escenario de absoluta falta de inversión en las últimas décadas. Los canales de libre recepción son beneficiarios de una concesión estatal, y una obligación esencial es que puedan ser captados con una simple antena de conejo y sin necesidad de contratar televisión por cable.

Así las cosas, tras la implementación de las nuevas señales todos los actores deberemos exigir las mejoras que se estimen pertinentes. Pero para ello primero encendamos la tele  y luego redactemos la crítica. 

Alejandro PujáCoordinador Odecu

Publicación original: La Tercera

lunes, 15 de julio de 2013

Sanciones por colusión

Opinión publicada en diario La Tercera, el 14 de julio de 2013.

Señor director:

Chile avanzó en dotar a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) con mayores atribuciones para investigar las infracciones o delitos en contra de la libre competencia, descritos en el decreto ley 211/1973. Tales atribuciones permiten, entre otras acciones, la interceptación telefónica, el uso de agentes encubiertos y la delación compensada.

No obstante, con anterioridad, y con el argumento de incentivar la inversión, nuestra benemérita clase política acordó eliminar las sanciones penales en estos graves delitos que afectan el orden público económico.

Los resultados están a la vista con el reciente acuerdo alcanzado por los imputados en la arista criminal del caso colusión de las farmacias. De no haber cambios, veremos casos similares en el futuro inmediato, dado que la labor de la FNE y el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia es muy activa a pesar de su pequeña planta funcionaria.

Resulta altamente desmotivante destinar recursos humanos, tecnológicos y económicos a investigaciones cuyos resultados terminarán en sanciones corporales ínfimas. Además, el argumento para eliminar las sanciones penales debiera ofender a los empresarios y sus ejecutivos, pues tácitamente se les identifica como un sector proclive al delito.

Así las cosas, poniéndonos serios, la pena de cárcel es un disuasivo que debe ser reincorporado en nuestra legislación, acción que no alejará a inversores y emprendedores decentes que, confío, son la gran mayoría.

Alejandro Pujá
Coordinador Organización de Consumidores y Usuarios de Chile (Odecu)

Fuente: La Tercera.

martes, 21 de mayo de 2013

Cobro de comisiones

Señor director:

Con motivo de la derogación de la circular 17 de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, que mal regulaba el cobro de comisiones del retail, se plantea un dilema absolutamente artificial al estimar que este organismo ha perdido competencia y que sería el Sernac Financiero el llamado a regular.

Cualquiera sea el ente que entregue las reglas sobre la correcta aplicación de comisiones, debe necesariamente referirse a las normas establecidas en el cuerpo legal especial y supletorio que siempre ha debido primar: la Ley 19.496. Esta reglamentación debe considerar a lo menos dos puntos esenciales: información oportuna (léase antes de suscribir o renovar contrato) y veraz (no como la del “alivio hipotecario”) y un mecanismo de aceptación explícita.

Con el estado de desarrollo de las tecnologías de la información, la posibilidad de informar completamente y obtener la aceptación explícita de los consumidores es real, posible y sin ejércitos de clientes saturando las oficinas comerciales de los oferentes de crédito. Obviamente, los más remolones en adoptar las TIC tendrán que acudir personalmente a las oficinas, ejercicio que hace bien para la salud.

Alejandro Pujá Campos
Coordinador Odecu

Fuente: Cobro de comisiones en La Tercera.