Entre
3 mil y 30 mil pesos son los montos de las indemnizaciones que tienen
derecho a solicitar los consumidores que fueron beneficiados por un
fallo judicial, tras una demanda colectiva presentada por el Servicio
Nacional del Consumidor, SERNAC, en contra de la empresa de Créditos
Organización y Finanzas S.A., COFISA, administradora de la tarjeta
ABCDIN por mantener en los registros de morosidades y protestos a
consumidores que habían renegociado sus deudas.
COFISA
avalaba su actuar en un convenio de pago que le hacía firmar a los
consumidores que aceptaban la renegociación de la deuda, donde se
establecía que el firmante aceptaba que no serían eliminados sus
antecedentes comerciales o financieros hasta el pago de la última cuota.
Esto quería decir que, aunque el consumidor renegociara su deuda, la
empresa lo mantenía en DICOM hasta que pagara la última cuota, cuestión que el tribunal declaró que no procedía.
En dicha sentencia, la justicia además declaró nulas aquellas cláusulas que le permitían a COFISA
mantener en los registros de morosos a los consumidores que habían
renegociado sus deudas; ordenó a la empresa eliminar de los registros de
morosidades y protestos a los consumidores afectados; y determinó el
pago de una multa por cada artículo infringido de la ley de protección
de los consumidores, por lo que ABCDIN debió pagar una multa total de más de diez millones de pesos.
Para recibir la indemnización, los consumidores deben acudir a alguna de las sucursales de la empresa ABCDIN
a lo largo del país, desde el 31 de marzo, presentando su cédula de
identidad. También, es posible que los consumidores otorguen un mandato
simple y especial para que, una persona en particular, pueda recibir por
ellos la respectiva indemnización. Por último, también han resultado
favorecidos de la sentencia los herederos de los beneficiarios
fallecidos.
El Director Nacional del SERNAC, Ernesto Muñoz,
hizo un llamado a quienes hayan renegociado sus deudas con la empresa
ABCDIN, entre el 20 de enero del año 2007 y el 20 de enero del año 2012,
a que se acerquen a las tiendas y hagan efectiva su indemnización. “Esta
sentencia judicial alcanza a 76372 convenios, según información
entregada por la empresa al vigésimo segundo Juzgado Civil de Santiago, y
ratifica una vez más que las empresas que no cumplen con los estándares
que establece la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores,
deben responder ante los consumidores, ya sea, directamente o a través
de los tribunales de justicia, tal como sucedió en este caso”, señaló Muñoz.
La
autoridad recordó además que cuando un consumidor repacta una deuda,
rigen nuevas condiciones y plazos, por lo que no se justifica que se
mantenga al consumidor en ningún registro de morosidad.
Los
montos de las indemnizaciones varían de acuerdo a las fechas en que se
realizaron las repactaciones y los datos específicos se pueden ver sen
el sitio del Servicio Nacional del Consumidor, sernac.cl.
En caso que usted se encuentre dentro de los grupos mencionados y la empresa se niegue a pagarle su indemnización, informe al SERNAC,
mediante la presentación de un reclamo en la página web sernac.cl,
acudiendo a las Direcciones Regionales o llamando de forma gratuita al
centro telefónico, en el número 800 700 100.
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