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viernes, 2 de enero de 2015

Falso recurso de hecho

Falso recurso de hecho

Por las cuatro alternativas como se puede conceder un recurso de apelación, nos encontramos con que en un sólo caso el expediente queda en el tribunal a quo, en los otros tres llega al tribunal ad quem.

En el primer caso, la parte afectada puede reponer o recurrir con el recurso de hecho.


En estos casos tres casos hablamos del falso recurso de hecho que se tramita directamente ante el tribunal ad quem que ya tiene el expediente o parte de él.

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